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Estudio Precios de Transferencia
Resúmen Principales Novedades Nacionales - Enero 2010

1) NUEVO PLAN DE FACILIDADES PARA REGULARIZAR DEUDAS DE LOS PERÍODOS 2008 Y 2009
A través de la publicación de la RG 2727, se pone en vigencia un Nuevo Plan de Facilidades de Pago, al que se podrá adherir hasta el 28 de Febrero de 2010.
Por medio de este nuevo plan podrán regularizarse deudas impositivas, previsionales y aduaneras correspondientes a los períodos 2008 y 2009, con vencimientos anteriores al 31 de octubre de 2009.
Se podrá optar por un plan de hasta 24 cuotas y se aplicará una tasa de interés del 0,8% mensual sobre los montos adeudados.
La adhesión al nuevo Plan deberá realizarla por Internet, a través del servicio bajo Clave Fiscal denominado “Mis Facilidades”, utilizando la opción “Plan Especial – Deuda al 31 de Octubre de 2009”.
Para más información sobre este plan y otros planes de facilidades vigentes, ingrese a www.afip.gob.ar/misfacilidades

2) LA AFIP OPERA NORMALMENTE LA REGISTRACIÓN DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE GRANOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirma que funciona con absoluta normalidad tanto la registración de Contratos como el registro de Operaciones de Compraventa de Granos.

3) LA AFIP REGLAMENTÓ EL NUEVO RÉGIMEN DE MONOTRIBUTO
La AFIP realizó de oficio la adecuación al nuevo régimen, de los contribuyentes que se encuentran adheridos al monotributo, en función de la categoría que registraban a diciembre de 2009. Las equivalencias con las nuevas categorías son las que se indican a continuación:

Categoría Anterior Nueva Categoría
A B Servicios
B B Servicios
C C Servicios
D D Servicios
E E Servicios
F B Ventas
G B Ventas
H C Ventas
I D Ventas
J E Ventas
K F Ventas
L G Ventas
M H Ventas

Se podrá consultar la nueva categoría ingresando a la consulta de la Constancia de Inscripción / Opción-Monotributo
La novedad es que a los parámetros existentes (Ingresos Brutos, Energía Eléctrica Consumida, y Superficie afectada a la explotación), se suma el de Alquileres Devengados. Por lo tanto al momento de la recategorización se deberá agregar esta variable para analizar si corresponde o no cambiar de categoría.
Los trabajadores que realicen actividades primarias, los trabajadores independientes promovidos y los asociados a cooperativas, se categorizarán sólo teniendo en cuenta el parámetro Ingresos Brutos

Pago de los nuevos importes
Los contribuyentes que ya se encontraban adheridos al monotributo, podrán pagar utilizando la misma credencial y el mismo CUR que tenían anteriormente.
De acuerdo a lo dispuesto por la RG 2746, las obligaciones de pago así como la recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre del año 2009, cuyo vencimiento operaba el 7 de enero de 2010, podrán efectuarse hasta el día 22 de enero de 2010, inclusive.
Las fechas de pago no cambian, vence el día 7 de cada mes.

Pequeños Contribuyentes Eventuales - Baja de oficio
Los contribuyentes adheridos como “Monotributistas eventuales”, de corresponder deberán tramitar la inscripción dentro del nuevo régimen a partir del 01/01/2010, como monotributistas o trabajadores independientes promovidos, ya que registran baja en el monotributo con fecha

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